lunes, 4 de abril de 2011

PLANES DE PENSIONES!


En el que va a ser mi décimo post, voy a hablaros de un tema del que seguramente habéis oído todo tipo de cosas y del que de una forma u otra os ha llegado mucha información. El tema que voy a tratar va a ser el de los Planes de Pensiones.
Decir en primer lugar, que un plan de pensión, es una forma de ahorro cuyo principal objetivo es engrosar la pensión que se está recibiendo durante la jubilación, hay que decir que no es sustitutiva de esta última y que además al pasar un determinado tiempo permite recuperar el valor invertido y también los rendimientos que haya generado durante ese período.
Destacar, que de forma general, estos ahorros se invierten en un fondo, los cuales tienen unas gratificaciones fiscales.

Por otra parte, destacar, que la cantidad invertida de capital por un ahorrador, y que forma parte del fondo, se llama unidad de cuenta ( la unidad de cuenta, se trata de una unidad que mide el valor del mercado).
Hay que destacar que el valor de la unidad de cuenta, se determina de forma diaria, y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo entre el número de unidades de cuenta.
Por otro lado, vamos a hablar de los participantes. En primer lugar, decir, que la encargada de llevar a cabo la gestión del dinero, es la entidad gestora. La entidad gestora es la encargada de llevar a cabo el control de las cantidades invertidas en el plan, y también se encarga de informar a los participantes de como marcha el valor del fondo.
Una entidad gestora deberá estar inscrita en la DGS ("Dirección General de Seguros"), y además deberá de tener una autorización de la Administración para poder llevar a cabo las operaciones.
Destacar que hay una serie de mecanismos de supervisión, los cuales sirven para demostrar la eficacia de la gestión. Decir, que si no se está de acuerdo con la gestión del patrimonio, se pueden llevar a cabo acciones legales.
Por último, destacar que el lugar donde se depositan las cantidades de dinero, es la entidad depositaria.
Por otra parte, decir, que la gestión de las participaciones va a acarrear una serie de gastos, los cuales son en forma de comisiones, como pueden ser: Por un lado, la Comisión de Gestión, que va a ser la cantidad que cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios. Decir, que esa cantidad se va a deducir a diario del valor de la unidad de cuenta del plan. Por último, en cuanto a la comisión de gestión, decir que va a estar entre el 1 y el 2% de las cantidades que se han aportado.
Por otro lado, está la Comisión de Depósito, que va a ser la cantidad que cobra la entidad depositaria por mantener y proteger los valores. Al igual que la comisión de gestión, la cantidad se va a deducir a diario del valor de la unidad de cuenta del plan. Decir, que la comisión va a estar entre el 0 y el 0,6% de las cantidades que se han aportado.
Por último, encontramos  la Comisión de Traspaso, hay que destacar que está terminántemente prohibido el cobro de comisiones por traspaso.
Por último, decir, que en los planes de pensiones existe una mínima cantidad que la entidad gestora va a exigir aportar. Esa cantidad se conoce como aportación mínima.
Aunque la cantidad mínima no se ha fijado, el objetivo de esta aportación es evitar a toda costa los trámites administrativos que podrían repercutir de forma negativa en la rentabilidad final del plan.

Ahora, vamos a hablar sobre la fiscalidad en nuestro país. Por un lado vamos a ver la Fiscalidad sobre las Aportaciones. Decir, que toda aportación que se haga a un Plan de Pensiones va a desgravar sobre la Base Imponible del partícipe. De esta manera, toda la aportación anual se resta íntegra de la Base Imponible del titular en el IRPF ( Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Luego, de esta manera, Hacienda va a devover un alto porcentaje de la aportación en el siguiente año fiscal.
Por otra parte, tenemos la Fiscalidad sobre el Rescate. Destacar, que los planes de pensiones no se tratan de un producto líquido, o lo que es lo mismo, no se podrá rescatar salvo una serie de casos muy excepcionales, como lo son, la jubilación, el fallecimiento del partícipe o los supuestos especiales de liquidez (estos son la Invalidez Absoluta y Permanente del Partícipe, el Paro prolongado (por un tiempo de más de dos años), y la Enfermedad Grave.

Por último, vamos a hablar de las formas de rescate. En cuanto a las formas de rescate, decir que hay tres formas para rescatar los derechos de los Planes de Pensiones:
La primera forma, es el Rescate en forma de Capital: Dicha forma va a consistir en recuperar todos los derechos consolidados en un único pago. Decir, que todas las aportaciones que se hayan hecho hasta el 31 de Diciembre del años 2006 van a tener una exención fiscal de un 40%, mientras que las que se hayan hecho más tarde, no van a tener exención.
La segunda forma que vamos a ver, va a ser el Rescate en forma de Renta: Esta forma va a consistir en la recuperación de todos los derechos consolidados a través de pagos diferidos mediante la realización de un seguro de renta. Hay que destacar que el impacto final no va a resultar tan fuerte como en el caso del Rescate en forma de Capital, porque el partícipe sólo va a tributar ese año por el importe recibido, y el resto de años va a tributar al tipo pertinente hasta que finalize la renta.
Y, en último lugar, vamos a encontrar el Rescate en forma mixta: Esta forma va a consistir en combinar las dos formas anteriores ( rescate en forma de capital y rescate en forma de renta), rescatándolo una parte en forma del primero y otra parte en forma del segundo.

Para terminar me gustaría decir, que los Planes de Pensiones pueden ser muy atrayentes, ya que desgravan en el IRPF o porque el dinero que no se pague en los impuestos se podrá reinvertir en el plan de pensiones, con lo que va a rentabilizar hasta que se recupere. Una vez dicho esto, hay que decir que los planes de pensiones también tienen grandes desventajas, por ejemplo, tienen problemas de liquidez, y también en comparación con otros productos bancarios, los cuales se gestionan de la misma manera, van a tener elevadas comisiones, y por último una gran desventaja, es que el rendimiento que nos van a ofrecer va a ser muy inferior al de otros instrumentos que también valen para ahorrar.



Ahora voy a poner un par de enlaces acerca de noticias muy interesantes relacionadas con los planes de pensiones:



Y también para estar informado tanto de las noticias sobre los fondos de pensiones como del resto de las noticias acerca de los temas financieros os dejo una página muy interesante para estar al día.  














lunes, 28 de marzo de 2011

LOS SEGUROS DE VIDA!





En el noveno post de mi blog voy a hablaros de un tema del que seguramente todos hayáis oído algo. El tema a tratar son los seguros de vida.
Estos seguros son aquellos que cubren los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre personas reune todos los riesgos que puedan afectar a la salud, la existencia o la integridad corporal de la persona asegurada.
Ahora vamos a pasar a la clasificación. Tradicionalmente se han clasificado en seguros individuales y en seguros de grupo. Nosotros vamos a clasificarlos de la siguiente manera:
En primer lugar, atendiendo a la vida y dentro de este seguro según si cubre el riesgo de muerte o de supervivencia. En segundo lugar, la integridad física: seguro de accidente.
Y en tercer, y  último lugar la salud: seguro de enfermedad, seguro de asistencia sanitaria.

Vamos a ver en primer lugar, los Seguros Individuales de Vida: Lo podemos definir como un contrato de seguro por el cual el asegurador, a cambio de recibir una paga única o periódica, está obligado a satisfacer al suscriptor de la póliza, o a aquella persona que él designe, con un capital o una renta cuando se produzca el fallecimiento o cuando llegue a una edad determinada la persona asegurada.
Ahora vamos a ver las clases de seguros de vida: En primer lugar tenemos los Seguros para casos de muerte: En este tipo de seguros la obligación que tiene el asegurador queda subordinada a la muerte de la persona asegurada. Estos seguros a su vez pueden ser: Por un lado el Seguro de vida entera: En este seguro tiene la obligación el asegurador de satisfacer el fallecimiento de la persona asegurada en cualquier época. Por otro lado tenemos el Seguro temporal:  Aquí la obligación del asegurador de pagar la indemnización surge cuando la persona asegurada fallece en un determinado período.

En segundo lugar encontramos los seguros para casos de vida o supervivencia: En estos seguros el asegurador tiene una obligación, que queda subordinada a la supervivencia de la persona asegurada a una determinada edad o fecha.
Dichos seguros, pueden ser: Por un lado está el seguro de capital diferido: Esto es, cuando el asegurador se obliga a pagar una determinada cantidad de dinero si la persona asegurada se encuentra viva en una determinada fecha. Y por otro lado el Seguro de Renta: Este tipo de seguro se da cuando el asegurador se obliga a pagar una renta en vez de un capital.

En tercer lugar, tenemos los seguros mixtos: Este tipo de seguros combinan los seguros para casos de muerte o para casos de supervivencia. Estos pueden ser: Por una parte, Seguro mixto ordinario: el asegurador se ve en la obligación de pagar, tanto si muere la persona asegurada o sobrevive en una cierta fecha. Por otra parte, encontramos el Seguro a término fijo:  El asegurador se obliga a pagar una cantidad de dinero en una determinada fecha, ya sea a la persona asegurada o al beneficiario directo.
Ahora vamos a ver la póliza: Destacar que tiene una serie de apartados específicos, como los derechos de rescate, la reducción de la suma asegurada y los anticipos. Decir, que aunque se han realizado pólizas de seguros de supervivencia a la orden o al portador, en general serán pólizas nominativas.

Ahora vamos a ver más detenidamente los elementos personales del contrato: En primer lugar, tenemos al Asegurado: Persona sobre cuya vida se realiza el seguro, de tal manera que su supervivencia o su muerte, en un momento fijado en el contrato, obligará al asegurador a satisfacer el capital o renta asegurados.
Si la persona asegurada tiene más de catorce años pero menos de dieciocho años, en los seguros de fallecimiento y supervivencia, necesitará la autorización por escrito de sus tutores legales.
Por otra parte, encontramos al Tomador del seguro: Al tomador del seguro también se le denomina contratante, esta persona es la que firma el contrato y también la póliza. Al firmar, asume las obligaciones que se le imponen ( fundamentalmente pagar las cantidades de dinero estipuladas).
Por otro lado, está el Beneficiario: Es la persona que figura como titular, es decir, la que tiene el derecho a la indemnización. Hay que decir, que el tomador tiene la potestad para designar al beneficiario sin el consentimiento del asegurador.
Algo importante y que hay que destacar es que a la hora de la designación, esta deberá hacerse en la póliza, bien nominativamente, o bien de algún otro modo, es decir por ejemplo mediante una designación genérica: " a mis herederos" o " a favor de mi mujer" o " a favor de mis hijos". Cuando se diga a mis hijos, se va a dar a entender que es para todos sus descendientes con derecho a su herencia. Cuando se deja a sus herederos, se da a entender que es a sus herederos y no se especificará más. Y, cuando se deja a favor de su mujer, se le dará la cantidad estipulada a la que lo fuera en el momento del fallecimiento del asegurado.

Ahora vamos a ver el Objeto del contrato: El riesgo. Decir, que en los seguros de vida para los casos de muerte, el riesgo asegurado es la muerte efectiva. En los seguros para los casos de supervivencia, el riesgo asegurado será la supervivencia de la persona asegurada a una fecha determinada. Y, en los seguros mixtos, serán ambos riesgos.
Mencionar que en nuestro país la ley admite el principio de la cobertura global del asegurador, de esta forma solo se libera de la obligación, si la causa de la muerte de la persona asegurada tiene lugar por alguna circunstancia excluída en la póliza.
Por otra parte, encontramos la prima: La prima, es la cantidad que tiene que pagar el tomador del seguro. Me gustaría destacar que una prima del seguro de vida es calculada técnicamente sobre las tablas de mortalidad y se encuentra regida por una serie de tarifas que están oficialmente aprobadas.

Ahora vamos a ver una serie de acontecimientos que pueden suceder: El primero, es la reducción de la póliza: Decir que el impago de la prima no abre el paso a la rescisión del contrato. En segundo lugar, el rescate de la póliza: Esto consiste en el poder del contratante de denunciar el contrato percibiendo del asegurador el importe de la Reserva Matemática.
En tercer lugar, anticipos sobre las pólizas: Destacar que la ley en nuestro país concede al tomador, el poder de solicitar al asegurador anticipos sobre la prestación asegurada, siempre que haya pagado las dos primeras anualidades.

Ahora vamos a pasar a ver el Seguro de accidentes. Este seguro se da, cuando el riesgo que queremos prevenir es la posibilidad que hay de sufrir un daño físico personal por un accidente.
Decir, que lo que este seguro cubre son las lesiones corporales por accidente. La ley de nuestro país define el accidente, como una lesión corporal derivada de una causa súbita, corporal y ajena a la intencionalidad de la persona asegurada, que le produzca una invalidez permanente o temporal, o la muerte.
Destacar que en estos seguros, las pólizas van a configurar de una forma muy cuidadosa el riesgo cubierto a través de un sistema de delimitación.
Por otro lado, está el Seguro de Viajes. Decir, que este seguro ofrece coberturas médicas, legales, integrales y de equipaje a todos los viajeros que quieran viajar al exterior. Este tipo de seguro ofrece al viajero una protección real al momento de un acidente, enfermedad, etc. . .
Por último, voy a hablaros del Seguro de Enfermedad y del Seguro de asistencia médica.
En cuanto al seguro de enfermedad, decir que con este seguro se cobra la cantidad estipulada en el caso de que se padezca una enfermedad, además se reciben los gastos de asistencia médica y farmaceútica. La prestación a recibir consiste en una cantidad monetaria por cada día que se esté enfermo, pero hay un límite máximo de indemnización.
En cuanto al Seguro de asistencia sanitaria, decir que en este seguro, el asegurador asume los costes médicos, pero el asegurado en principio no va a recibir una suma dineraria.




LOS SWAP!


En el que va a ser mi octavo post voy a hablar de los SWAP. Una permuta financiera o un Swap, podemos decir que es un contrato por el cual dos partes se van a comprometer a intercambiarse unas cantidades de dinero en unas fechas futuras.
Decir, que los intercambios de dinero futuros están referenciados a tipos de interés, llamándose " Interest Rate Swap".
Me gustaría destacar también que a un swap se le considera un instrumento derivado.
Ahora vamos a ver las partes de un Swap. Ya que es un compromiso de intercambio de cantidad de dinero en una fecha futura, decir, que un swap tiene dos partes para cada uno de los contratantes: El compromiso de cobro de dinero a futuro, y el compromiso de pago de dinero a futuroDecir, que a cada una de las dos partes se les llama "pata".

A continuación me gustaría que viéseis una representación gráfica de un swap.

Aquí podemos observar que se producen para una de las contrapartidas flujos de cobros y flujos de pagos desde t=0, es decir desde el momento en el que se inicia el contrato hasta t=v (vencimiento).

Por otro lado, vamos a ver el valor de un Swap. Hay que decir, que un swap debe tener un valor económico. El valor económico del swap, suponiendo que es determinable, va a reflejar en cualquier momento del tiempo la cantidad a recibir o a pagar para entrar o para salir del contrato en función de en que lado del compromiso estemos nosotros.
Ya que un swap se corresponde con unos compromisos de flujos futuros de cobro y de pago, para hallar el valor, debemos de valorar esos compromisos futuros. 
Se utilizará la técnica del arbitraje para valorar los compromisos futuros.
La técnica del arbitraje consiste en replicar los flujos del swap mediante unos instrumentos simples de manera que la agregación de la valoración de los instrumentos simples será el valor económico del compromiso en todo el conjunto.
Me gustaría destacar, que el valor económico (VE) se puede expresar de la siguiente manera: 
Dicha expresión recoge la suma del valor en el momento inicial de los compromisos del futuro que incorpora el swap.

Por otra parte, vamos a ver la utilidad de un Swap.
Hay que hablar de dos utilidades por las que vamos a tener interés en entrar en un swap: Por un lado para cambiar nuestros bienes o recursos futuros: Puede que nos interese para nuestro negocio intercambiar durante un período de tiempo bienes o recursos que generaremos por otros bienes o recursos necesarios para mejorar nuestro bienestar. Por otro lado, la especulación: Vamos a entrar en un swap si lo que vemos es que los bienes que recibiremos en un futuro van a suponer beneficios.

Por otra parte, vamos a ver los Swaps de tipo de interés.
Hay que decir que los más conocidos en los mercados financieros, son los swaps de tipos de interés. En los Swaps de tipos de interés cada "pata" (leg) es referenciada a distintos índices de tipo de interés.
Ahora, veremos los Swaps de tipos de interés de tipo variable y de tipo fijo.
Tanto los swaps de tipo variable/fijo podemos definirlos como un compromiso por el cual una parte recibe o paga un tipo fijo sobre un nocional prefijado, y paga o recibe un tipo variable sobre un nocional, el cual también está prefijado. Decir, que la cantidad sobre la que se va a aplicar el interés, es lo que llamamos nocional o nominal.
Por otra parte vamos a ver la negociación de un Swap.
Decir, que se negocian "OTC" entre dos contrapartidas. Los contratos de Swaps que están hechos entre diversas entidades financieras se encuentran estandarizados bajo contratos marcos "ISDA". Hay que destacar que para las entidades españolas existe un tipo de versión estandarizada la cual está sujeta a la ley española, es el contrato "CMOF".

Por otra parte, destacar el concepto de cotización y de cobertura de un swap.
Por un lado, el hecho de calcular y ofrecer un precio para contratar un swap es lo que entendemos por cotización. Decir, que las contrapartidas que se dedican de forma permanente a cotizar swaps son creadores de mercado " market makers". Y por otra parte, el término de cobertura suele aplicarse desde dos ámbitos: Por un lado, cuando pensamos que el swap es un instrumento de cobertura. Y por otro lado, cuando pensamos en como podemos cubrir el riesgo del tipo de interés que provoca el hecho de entrar en un swap.
Destacar que este riesgo puede cubrirse o con otros swaps o con otros instrumentos financieros.

Ahora, vamos a ver una serie de consideraciones sobre un Swap que hay que resaltar:
En primer lugar, decir que los swaps están sujetos a riesgo de crédito: Este riesgo de crédito existe por las posibilidades que hay de que nuestra contrapartida no pague los compromisos. Hay que decir que hay mecanismos para reducir este riesgo crédito.
En segundo lugar, decir que los swaps están sujetos a riesgo de liquidez: En algunas situaciones complicadas de mercado hay posiblidades de que no hubiera contrapartes dispuestas a ingresar en la operación de swap que nosotros queremos, lo que implica que se da un riesgo de liquidez. En el caso de que esto sucediese habría posibilidades de no encontrar a nadie para poder hacer la operación de especulación o cobertura que queremos.
Decir, que si la liquidez del mercado desaparece, esto provocaría que los modelos de valoración fallasen.

Por otra parte, vamos a ver otros swaps de tipo de interés. Destacar, que cualquier combinación de compromisos que se de, de pago o de cobros de flujos de tipo de interés constituyen un swap. De tal manera que las combinaciones que se pueden dar son muy numerosas.
En primer lugar vamos a ver el Swap Fijo vs Fijo o Variable vs Variable, decir que los cobros y los pagos se encuentran referenciados a índice fijos o variables en las dos "patas".
Por otra parte, el Asset Swap: Los cobros y los pagos de una pata replican los pagos y los cobros de un activo, mientras que la otra pata se paga a un interés variable. Decir, que esto sirve para transformar los flujos de un activo que tenemos a otros que nos van a convenir más.
También destaca el Call Money Swap: Es un swap muy especial, el cual es muy utilizado en el mercado interbancario. Suele tener un vencimiento desde un mes hasta un año.
Una de sus patas es a tipo fijo, mientras que la otra es a tipo variable.
Por otra parte, encontramos el Constant Maturity Swap: En este swap, una pata es a tipo variable a corto plazo, mientras que la otra es a tipo superior a doce meses.
También destaca Swap de tipo de interés en diferentes divisas. Algo especial de todos los swaps de tipo de interés es cuando una de las patas se encuentra referenciada a una divisa y la otra, a otra divisa. Un ejemplo en el que podemos ver esto, es cuando una pata está expresada en tipos de interés en euros y la otra en dólares.

Por último, vamos a ver ejemplos de otros tipos de swaps. En primer lugar, Swaps de divisas: Decir que se confunden con los swaps de tipos de interés, está confunsión puede venir por utilizar el término "swap".
Ahora, nos vamos a centrar ya en un Swap de divisas. Este swap es una operación en la que se incluye una compraventa de divisas a fecha de hoy, y otra operación al contrario de fecha futura y a un precio fijado a día de hoy.
También nos encontramos con un Equity Swap: En este tipo de swap, una pata está a tipo de interés y la otra pata a renta variable.
Y, por último, está el Total Return Swap: En este tipo de swap destacar que se intercambia un tipo de interés flotante por todos los flujos de un activo financiero.

A continuación voy a dejar un par de enlaces sobre noticias relacionadas con los Swap.
















viernes, 18 de marzo de 2011

ETF ( Exchange - Traded Funds )





En el que va a ser mi séptimo post, voy a hablaros de los Exchange - Traded Funds. Seguramente muchos de vosotros no hayáis oído hablar de ellos, por ello en este post voy a tratar de explicaros que son y que abarcan, con la finalidad de que después de haberlo leído, podáis responder a cualquier tipo de cuestión acerca de ellos.
Vamos a empezar diciendo en primer lugar, que los fondos cotizados tienen una particularidad, y es que cotizan en bolsa de valores, igual que una acción, pudiéndose vender o comprar a lo largo de una sesión al precio que haya en cada momento, sin la necesidad de que haya que esperar al cierre del mercado para conocer el valor liquidativo al que se hace el reembolso/suscripción del mismo.
Destacar, que son conocidos como ETF ( Exchange - Traded Funds).

Decir, que se caracterizan principalmente porque el objetivo máximo de su política de inversión es reproducir un determinado índice bursátil, y sus participaciones son admitidas a negociación en bolsas de valores.
Destacar que los fondos cotizados son iguales que los fondos índice, pero se diferencian de éstos en que permiten la venta o la adquisición no solo una vez al día, sino que lo permiten durante todo el período de negociación en la bolsa de valores. Me gustaría destacar que una característica muy importante de los fondos cotizados es que las participaciones de éstos negocian en tiempo real en los mercados bursátiles electrónicos.

Ahora me gustaría ver una serie de requisitos que tienen que cumplir los fondos cotizados:
En primer lugar, decir que tienen que estar admitidos a negociación en una bolsa de valores, y para esto deben de tener el aval de la respectiva autoridad del mercado de valores, como por ejemplo la Comisión Nacional del Mercado de Valores en España, BVC en Colomia, etc. . .
Por otro lado, la política de inversión deberá de consistir en replicar un índice bursátil, pero también de otro tipo siempre que sea financiero. De esta manera se puede replicar un índice bursátil, de materias primas, de renta fija, etc.
Además el índice puede ser nacional, extranjero, sectorial, global, regional, etc.
Decir que durante una sesión bursátil la cotización podrá cambiar en función de la demanda y de la oferta.
Por otra parte, decir que no se pueden traspasar las participaciones de un ETF a cualquier otro fondo de cualquier tipo evitando su reembolso/venta.
Por último, hay que decir que su tributación y las compensaciones por plusvalías y minusvalías son igual que el resto de fondos.

Una vez que hemos conocido un poco más estos fondos, me gustaría decir que son un instrumento muy interesante, por una serie de motivos:
En primer lugar, porque permite unas estrategias de inversión mucho más activas. También porque posibilita el alcanzar un nivel de diversificación de una forma muy rápida y sencilla.
Por otro lado porque las comisiones de gestión que conllevan son más bajas.
Y por último porque nos lleva a unas alternativas de inversión, las cuales ya existen en otros mercados de nuestro entorno.
Ahora vamos a pasar a ver las características más destacadas de los ETF:
En primer lugar, destacar la transpariencia, decir que los datos del ETF se publican diariamente, de esta manera sabemos de primera mano lo que estamos comprando.
También se dispone de valoraciones en tiempo real, y la información puede ser mensual, semestral o anual.
Por otro lado, decir que tienen una estructura de comisiones muy competitiva, esto implica que no tienen comisión de suscripción, tan sólo tienen un canón de negociación y una comisión total anual la cual está reducida de bajos costes implícitos. Por otra parte, destacar la diversificación, decir que se reduce el " riesgo no sistemático".
Otra característica de los ETF son las ventas en corto. Destaca también la Compra Venta a tiempo real. Y por último destacar la amplia elección, ya que hay más de mil ETFs.

Ahora vamos a ver los elementos que componen la estructura de dichos fondos, entre esos elementos, vamos a destacar los siguientes:
Por un lado, el mercado bursátil en el que negocia el fondo: Es el elemento que establece una serie de reglas de negociación en estos elementos, fijando las normas de contratación de los fondos. Además es el encargado de proporcionar el acceso a la contratación, y también se encarga de difundir la información. Por último, otra función que realiza, es la de publicar las estadísticas del mercado.
Otra figura, es el gestor: Este elemento se encarga de llevar a cabo la gestión del fondo que se ha cotizado. Además es el único que tiene la capacidad de reembolsar y de emitir las participaciones que más tarde se van a negociar en el mercado. Otro elemento, es el especialista: Se encarga de aportar liquidez al fondo cotizado, actuando tanto en el mercado primario como en el secundario.

Una vez que hemos mencionado al mercado primario y al secundario, vamos a definirlos: El mercado primario es aquel al que acceden algunas entidades, las cuales son en general, los inversores institucionales y los especialistas. Y el mercado secundario es aquel mercado al que acceden todo tipo de inversores, y en el que venden o compran las participaciones del fondo cotizado.
Por último, decir que en el mercado primario se realiza la emisión y el reembolso de las participaciones del fondo cotizado. Este mecanismo es fundamental para un buen funcionamiento del fondo cotizado, ya que permite que las diferencias que existen entre el precio del fondo cotizado y su valor patrimonial sean temporales y de una cuantía muy escasa.
Mientras que en el mercado secundario, al estar las participaciones de los fondos admitidas a negociación en bolsa de valores, las compras y las ventas de las participaciones se harán al precio del mercado, el cual vendrá determinado por la oferta y la demanda.

Ahora voy a dejaros un par de enlaces acerca de noticias muy interesantes relacionadas con los ETFs.


http://www.estrategiasdeinversion.com/noticias/20110218/nace-nuevo-etf-ligado-smartphones 

Ahora voy a dejaros unos videos acerca de un curso básico de ETFs.

 Esta es la primera parte.


Esta es la segunda parte.

Esta es la tercera parte.











sábado, 12 de marzo de 2011

LOS DERIVADOS FINANCIEROS



 

En el que va a ser mi sexto post voy a tratar de explicaros que son los Derivados Financieros.
Un derivado financiero podemos decir que es un producto financiero cuyo valor está basado en el precio de otro activo. Decir, que el activo del que depende recibe el nombre de activo subyacente.
Los subyacentes que se utilizan son muy diferentes, valores de renta fija, tipos de interés, materias primas, índices bursátiles, bonos de deuda privada.

Decir que estos derivados financieros, se encuentran en el mercado de valores. Los derivados financieros son instrumentos financieros que son de gran interés, aunque quizás no tengan tanta fama como otros instrumentos existentes en el mercado.
Ahora, vamos a ver una serie de características de los Derivados Financieros.
En primer lugar, decir que los derivados financieros se pueden cotizar tanto en mercados organizados, como por ejemplo las bolsas, como en mercados que no se encuentran organizados ("Over the Counter"). Otra característica, que hay que destacar por su importancia, es que los derivados financieros siempre se liquidan de forma futura.
Por otra parte, decir que los derivados financieros requieren una inversión inicial bastante pequeña o nula respecto a otro tipo de contratos, los cuales tienen la misma respuesta ante cambios en las características del mercado.
La consecuencia, es que esto permite mayores pérdidas pero también mayores ganacias.
Otra característica a destacar, es que el precio de los derivados financieros varía con respecto al activo subyacente, valor al que está ligado.
Y, por último decir que no siempre van a referirse a productos financieros o económicos.

Ahora, vamos a ver como se regulan en España los derivados financieros.
Decir, en primer lugar que con la Ley del Mercado de Valores del año 1990, se autorizó la negociación de contratos, los cuales eran relativos a tipos de interés de depósitos bancarios, y de esta manera se amplió la gama de los contratos negociados en estos mercados. Actualmente, dichos mercados tienen un carácter oficial y se encuentran regulados por el Real Decreto 1814/1991.
De esta manera, hasta aquel momento eran mercados no organizados.
Aclarado esto, decir que el órgano que se encarga de regular estos productos en nuestro país es MEEF Sociedad Holding de Productos Financieros Derivados de Renta Variable en Madrid, controlando opciones y futuros, y MEEF Renta Fija en Barcelona, a través de un sistema de cámara de liquidación y compensación diaria.

Una vez visto esto, puede que nos parezca que estos órganos no son importantes y no tienen gran influencia, pero si pensamos eso, nos estamos equivocando ya que estos dos órganos además de controlar, se encargan de gestionar las compras y las ventas que se hacen a diario a través del sistema de cámara de liquidación, que ya hemos mencionado anteriormente.

Ahora vamos a ver los tipos de derivados financieros, destacar dos: Por un lado encontramos los futuros, decir que el futuro es un compromiso entre dos partes por el cual en una fecha futura pactada entre ambas partes, una de las dos partes se va a comprometer a comprar y la otra parte a vender, y de esta manera no se va a realizar ninguna operación en el momento de la contratación.
Decir que un futuro financiero, tiene ventajas y inconvenientes, tiene la ventaja de que en el momento de la contratación, no se produce ningún desembolso, pero también tiene una gran desventaja, y es que tanto los beneficios como las pérdidas no están limitados, ya que sea cual sea el precio en el momento del vencimiento del contrato, la operación se deberá hacer al precio pactado hoy.

Por otro lado, nos encontramos las opciones, las opciones son un derecho para comprar o vender un producto en un tiempo futuro a un precio pactado.
En las opciones, si que se realiza una operación en el momento de su contratación, de esta manera el que compra una opción paga un dinero por disfrutar de lo que adquiere, mientras que la persona que lo vende cobra.
Decir, que dentro de las opciones hay varios tipos: En primer lugar la Americana, se trata de una opción, la cual se puede ejercitar en el momento que queramos entre su fecha de contratación y la fecha de su vencimiento.
Por otro lado, encontramos la europea, que es una opción la cual sólo se puede realizar en su fecha de vencimiento.
Y por último, también vemos, la Opción Call y la Opción Put. En cuanto a la opción call, se trata de una opción que otorga un derecho de compra a los titulares, y por último la opción put, que es una opción la cual otorga al titular un derecho de venta.



Si os ha gustado el tema de los derivados financieros, voy a dejaros una página en la que aparecen una serie de videos en los cuales nos hablan a fondo de ellos. En dicha página un especialista imparte un curso que está compuesto por nueve videos, encontraréis en la página nueve apartados en los que deberéis pinchar para ver el video correspondiente.









lunes, 28 de febrero de 2011

WARRANTS


           En el que va a ser mi quinto post, voy a tratar un tema del que seguramente muchos de vosotros no hayáis oído nunca hablar, el tema del que os hablo son los Warrants. En primer lugar, decir, que el Warrant se trata de un contrato que otorga al comprador el derecho, pero nunca la obligación de comprar o de vender un activo subyacente a un determinado precio y en una determinada fecha.
Hay que decir que los Warrants están incluidos en la categoría de las opciones.


           Me gustaría decir, el nombre que reciben los warrants dependiendo de si es de compra o es de venta. Si el warrant es de compra, el nombre que recibe es el de call warrant, pero si el warrant es de venta, se le denominará put warrant.
          Por otra parte, el warrant otorga al poseedor la posibilidad de que efectúe o no la transacción asociada y a la otra parte la obliga a efectuarla. Decir, que cuando se efectúa la transacción, se ejerce el warrant.


          Por otro lado, los warrants son valores agrupados en emisiones hechas por una entidad y están representados a través de anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado que está totalmente organizado. Como anteriormente he mencionado los warrants están incluidos en la categoría de las opciones, pero dentro de el mercado en el que se encuentran, entre los warrants y las opciones hay dos diferencias muy importantes. La primera de ellas es el plazo de vencimiento, mientras que las opciones del mercado tienen un año como máximo, los warrants tienen un plazo mayor. Y la segunda diferencia se refiere a la liquidez, mientras que los warrants tienen una gran liquidez(gracias a las entidades emisoras), en las opciones la liquidez va a depender del mercado. 

          Por otra parte, hay que comentar los elementos de los warrants. En primer lugar, hay que hablar del precio del ejercicio, que se trata del precio al que se va a comprar o vender. Por otro lado, tenemos al activo subyacente, que es el activo sobre el cual se otorga el derecho. También, la fecha de ejercicio, que es la fecha determinada en la que se va a producir la transacción. Encontramos, la prima, que es el precio que se va a pagar por el warrant, ese precio está compuesto por dos valores, por un lado el valor intrínseco y  por otro lado el valor
temporal. Me gustaría nombrar los determinantes de la prima, los cuales se dividen en dos tipos, Endógenos y Exógenos. En cuanto a los endógenos, encontramos el precio del ejercicio y la fecha del vencimiento. Y, en cuanto a los determinantes exógenos, encontramos el activo subyacente, la volatilidad(histórica, implicita o futura), los tipos de interés y los dividendos. Y por último, encontramos al ratio, que corresponde a los activos subyacentes que representa cada warrant.

          Ahora me gustaría comentar la contratación de los warrants. Los warrants se contratan mediante sistemas electrónicos y de una forma continuada. La contratación de los warrants está regida por unas normas generales aplicables a la renta variable, con una serie de particularidades, entre las que hay que destacar las siguientes: En primer lugar, la inexistencia de subastas de cierre y de apertura. En segundo lugar, decir que el precio de cierre se determinará considerando las mejores posiciones de venta y de compra que haya en el mercado. Y por último, se podrá incorporar un especialista de warrants, pero algo muy importante que hay que destacar, es que solo se podrá incorporar como máximo uno en cada valor.


          Por otra parte, quiero hablar de las ventajas y desventajas de los warrants. Entre las ventajas me gustaría destacar tres: Por un lado, su efecto apalancamiento, esto lo podemos definir como la relación que hay entre el dinero invertido y el resultado que se obtiene con dicha inversión. De esta manera, la inversión será más apalancada, cuanto menos capital se necesite para obtener un resultado determinado.
          Por otro lado, hay que decir que tienen un riesgo limitado, es decir, la pérdida máxima será igual al importe que se haya hecho en la inversión del warrant.
La tercera ventaja que me gustaría destacar es que permite obtener unos beneficios ilimitados.
          En cuanto a las desventajas que presentan los warrants, vamos a destacar dos: En primer lugar, que no se pueden vender si antes no se han comprado, pero sin embargo las opciones si que se pueden vender previamente y recomprar más tarde. Y, que las primeras son más caras que las de las opciones.

          Para terminar, me gustaría decir que en función de sus características pueden ser utilizados para una inversión a corto plazo, en la que los beneficios son ilimitados y el riesgo es limitado, y también para una determinada cobertura de riesgos en la que el warrant anexiona un derecho de comprar o de vender, pero no incorpora una obligación.


          A continuación voy a dejar un par de enlaces que nos van a permitir estar al tanto de los warrants.



 A continuación dejo unos videos acerca de un curso de aprendizaje básico sobre que son los Warrants y todo lo que abarcan.



 1ª PARTE.



 2ª PARTE.




3ª PARTE.




4ª PARTE.




5ª  PARTE.




6ª PARTE.

lunes, 21 de febrero de 2011

CDS (CREDIT DEFAULT SWAPS)




          Quizá, la mayoría de las personas no hayan oído en ninguna ocasión que es un Credit Default Swap, por ello, me parece bastante interesante abordar este tema en lo que va a ser mi cuarto post y contaros con todo detalle que es y de que trata un Credit Default Swap.

          Un Credit Default Swap, es una operación financiera de cobertura de riesgos, la cual está incluida en los derivados de créditos y que se materializa a través de un contrato de swap, en el cual el comprador del Credit Default Swap hace una serie de pagos en un tiempo determinado al vendedor y a cambio obtiene de éste una cantidad determinada de dinero en caso de que el título el cual sirve de activo subyacente al contrato sea impagado a su vencimiento.

          Quizás, tras la definición que os he dado, muchos de vosotros seguis con alguna duda, por ello voy a poner un ejemplo para tratar de afianzar la definición dada.
Pongamos, que el banco REY compra 5.000 millones de dólares en títulos al banco PRÍNCIPE, y el banco REY quiere que se haga un seguro por varios motivos, primero por si se diese el caso de que el banco PRÍNCIPE  entrase en quiebra, ya que si pasase eso, el banco PRÍNCIPE no podría enfrentarse a sus obligaciones de pago, y segundo para que el banco REY no perdiese su dinero y pudiese recuperar la inversión. Entonces el banco REY se pone en contacto con una determinada entidad y contrata un Credit Default Swap. Una vez dicho esto, hay que decir que el precio del CDS va a depender del nivel de riesgo que se haya asumido, de esta manera cuanto mayor sea el riesgo del banco PRÍNCIPE, mayor será la prima, y al revés.
          Antes de comenzar con las características de los CDS, me gustaría decir que como mínimo el montante de la operación debe ser de 10 millones de dólares y pueden ser a 1, 2, 5, o 10 años, pero también pueden ser aplicados a plazos mucho más cortos.

En cuanto a las características de un Credit Default Swap, vamos a destacar siete:
En primer lugar, decir que no son objeto de negociación en un mercado organizado oficialmente, sino que se trata de contratos que están hechos a la medida de las dos partes implicadas.
Por otro lado, los activos subyacentes sobre los cuales se emite un Credit Default Swap pueden ser un préstamo o título de deuda, y también pueden ser privados o públicos.
Algo muy importante que hay que decir, es que sobre los Credit Default Swaps no existe una regulación en casi ningún país.
Otra característica, es que la finalidad  de un Credit Default Swaps es que trata de servir como seguro para el poseedor de un título de deuda.
Los CDS, no se encuentran regulados en las actividades de seguro y por ello las entidades vendedoras del CDS no tienen la obligación de cumplir las normas de solvencia ni de reservas que regulan los ejercicios de la actividad aseguradora.
Por otra parte, los naked CDS, son aquellos casos en los que una persona suscribe un contrato de CDS sin que esa persona sea poseedora de ningún título de los que quiere asegurar.
En último lugar, decir, que como en todos los contratos de swaps, se puede realizar la liquidación a través de la permuta o de la liquidación física.

          Decir, que el origen de los Credit Default Swaps data de 1990. A lo largo de todos estos años se han convertido en un instrumento bastante popular en los mercados, pero sin duda alguna su gran despegue se produjo a partir del año 2003.
          Hay que decir, que en los primeros años, la cantidad de dinero que se manejaba en sus operaciones no superaba los 300.000 millones de dólares. Sin embargo, como ya he dicho, en el año 2003 este instrumento tuvo un gran avance, y de esta manera la cantidad de dinero que se manejó en sus operaciones alcanzó los 46 billones de dólares, fijando su máximo histórico en el año 2008, en el que alcanzó los 65 billones de dólares, algo que en sus inicios habría resultado impensable.

          Por último, me gustaría decir que los Credit Default Swaps, se han convertido en un instrumento grande dentro de los mercados, y que en los últimos tiempos han dado mucho de que hablar ya que a los CDS, se le ha culpado en gran parte de la gran crisis financiera.
          El gran problema que existe es que los CDS se han convertido en un gran instrumento a nivel mundial, y esto puede traer graves consecuencias. Hay que decir que algunos dirigentes europeos entre los que hay que destacar a Angela Merkel se han posicionado a favor de que se prohiban en la UE y en el G20 los Credit Default Swaps.

A continuación, os dejo un video en el que se nos explica que son los Credit Default Swaps y como funcionan.